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Para el despido de trabajadores en situación de discapacidad, solo constituye una causal objetiva si el empleador logra demostrar que los hechos que le dieron origen a ese tipo contractual se extinguieron

Para el despido de trabajadores en situación de discapacidad, solo constituye una causal objetiva si el empleador logra demostrar que los hechos que le dieron origen a ese tipo contractual se extinguieron

En la sentencia CSJ SL-2020 dijo la Corte: En tal sentido, como dueño de la actividad empresarial, el empleador debe demostrar que se extinguieron o agotaron las actividades contratadas a término definido y que la determinación de no renovar el contrato de trabajo fue...
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