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cualquier interviniente con interés puede interponer el recurso extraordinario de casación, pero su sustentación sólo está permitida a quienes tengan la condición de abogados titulados.

cualquier interviniente con interés puede interponer el recurso extraordinario de casación, pero su sustentación sólo está permitida a quienes tengan la condición de abogados titulados.

En este asunto, MELO MARTÍNEZ y DÍAZ CIFUENTES tienen incuestionable interés para recurrir en casación, específicamente – y teniendo en cuenta que aceptaron su responsabilidad – en tanto su pretensión es la concesión de la prisión domiciliaria. Ello les...
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