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Si bien se le ha conferido a los jueces el poder-deber para decretar pruebas de oficio, este no quiere decir que se deba  suplir la actividad probatoria de las partes

Si bien se le ha conferido a los jueces el poder-deber para decretar pruebas de oficio, este no quiere decir que se deba suplir la actividad probatoria de las partes

Requisitos generales de todo título valor A la luz de lo consagrado en los artículos 169 y 170 del Código General del Proceso, se ha entendido que la ley le ha conferido a los jueces el poder-deber para decretar pruebas de oficio, «cuando sean necesarias para...
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