Sala Especial de Decisión profiere sentencia de única instancia dentro del proceso que se adelanta en virtud del medio de control inmediato de legalidad de la Resolución 0000142 del 7 de abril de 2020, “por medio de la cual se modifican las Resoluciones 00123, 124 y 132 de marzo de 2020 que acogen medidas de orden administrativo para el control del riesgo excepcional causado por el COVID 19 y se dictan otras disposiciones”, proferida por el Director General de la Corporación Autónoma Regional del Atlántico, en adelante C.R.A. Para la Sala, a través del artículo 6 de la resolución bajo control, se las facultó a las CAR para suspender los términos de las actuaciones administrativas a su cargo, así como los pagos de las sentencias judiciales, mientras estuviere vigente la emergencia sanitaria decretada por el Ministerio de Salud; lo cual se encuentra conforme con lo reglado en las normas superiores. Sin embargo, debe reconocerse que es posible que algunos ciudadanos no tengan acceso a estos medios electrónicos, por lo que se advierte necesario tal y como hizo la Corte Constitucional al examinar la medida análoga del Decreto Legislativo 491, condicionar la legalidad del artículo 6 de la resolución bajo estudio, de manera que se entienda que si el peticionario está en imposibilidad absoluta de suministrar un correo electrónico, podrá autorizar la notificación por otro medio del cual disponga.
Expediente 11001 03 15 000 2020 01397 00 de 2021