Una situación de discapacidad obedece a una deficiencia que padece el trabajador (lo limita para desarrollar una actividad) derivada de una pérdida, defecto, anomalía o cualquier otra desviación significativa, que es originada por la alteración de las funciones fisiológicas o en las estructuras corporales de una persona, precisó la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia. Así las cosas, para valorar estas condiciones, acorde con su carácter técnico, se requieren una herramienta técnica que el sistema integral de seguridad social denomina Manual Único para la Calificación de la Perdida de la Capacidad Laboral y Ocupacional, actualmente contenido en el Decreto 1507 del 2014, el cual limita el factor subjetivo del evaluador. Acorde con ello, destacó el carácter relevante que tiene la calificación técnica. Sin embargo, en virtud del principio de libertad probatoria y formación del convencimiento, en el evento de que no exista una calificación y, por lo tanto, se desconozca el grado de la limitación, esta limitación se puede inferir del estado de salud en que se encuentra, siempre que sea notorio, evidente y perceptible, precedido de otros elementos.
DescargaSala laboral precisa cuál es la prueba idónea para acreditar una situación de discapacidad
por Jurisprudencia Colombiana | Jun 28, 2021 | Actualidad Jurídica, Laboral | 1 Comentario
Buenas noches,
Por favor me compartes esta sentencia. Gracias.