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¿Qué estudió el Tribunal?

El Tribunal Administrativo de Caldas estudió dos demandas acumuladas de reparación directa presentadas por los familiares de Diosvel Pérez Arias y Jorge Iván Aguirre García, quienes fallecieron en un accidente ocurrido el 7 de diciembre de 2011 en la vía que comunica Neira (Caldas) con el Kilómetro 41 del municipio de Manizales. Las demandas estaban dirigidas contra el Departamento de Caldas, el Instituto Nacional de Vías (Invías) y el municipio de Neira. El accidente ocurrió cuando un vehículo Jeep, en el que viajaban las víctimas, se deslizó por un precipicio debido a un deslizamiento de tierra en un tramo de la vía en mal estado.

El Tribunal se centró en determinar si el accidente fue resultado de una falla en el servicio por parte de las entidades demandadas, en particular por la falta de mantenimiento y señalización adecuada de la vía, y si existía responsabilidad administrativa y patrimonial de las entidades públicas implicadas.

¿Qué consideró el Tribunal?

El Tribunal consideró varios aspectos clave en su análisis:
1. Falla en el Servicio por Omisión: El Tribunal evaluó si el Departamento de Caldas, como entidad responsable de la vía, había incurrido en una falla en el servicio por no haber mantenido adecuadamente la vía y por no haber implementado la señalización necesaria para advertir a los usuarios sobre el peligro inminente. Se determinó que la vía había sido objeto de mantenimiento días antes del accidente, pero que dicho mantenimiento había sido deficiente, dejando la vía en condiciones peligrosas sin la debida señalización.

2. Causales Eximentes de Responsabilidad: El Tribunal también analizó si existían causales eximentes de responsabilidad, como la culpa exclusiva de la víctima o la fuerza mayor, argumentadas por el Departamento de Caldas. Se consideró si las condiciones climáticas extremas y la imprudencia del conductor podían exonerar de responsabilidad a las entidades demandadas.

3. Pruebas y Testimonios: Se valoraron testimonios de testigos que confirmaron la existencia de maquinaria trabajando en la vía días antes del accidente y la acumulación de lodo y agua en el tramo del incidente, lo que aumentó el riesgo de deslizamientos. También se constató la falta de señalización en el lugar, lo que pudo haber prevenido el accidente.

¿Qué decidió el Tribunal?

El Tribunal decidió que el Departamento de Caldas era responsable administrativamente por la muerte de las víctimas, debido a la falla en el servicio por omisión en el mantenimiento y señalización de la vía. Aunque reconoció que el fenómeno de La Niña había contribuido a las condiciones adversas de la vía, el Tribunal concluyó que la falta de señalización adecuada y el mantenimiento deficiente fueron determinantes en la ocurrencia del accidente.

El Tribunal también determinó que, aunque hubo una conducta imprudente por parte del conductor del vehículo, esta no exoneraba al Departamento de Caldas de su responsabilidad, ya que la administración no había cumplido con sus deberes de señalización y mantenimiento vial.

¿Qué ordenó el Tribunal?

El Tribunal ordenó al Departamento de Caldas pagar indemnizaciones por los perjuicios morales sufridos por los familiares de las víctimas. Sin embargo, no se concedió el lucro cesante solicitado por uno de los demandantes debido a la falta de pruebas suficientes para demostrarlo. Además, el Tribunal revocó la condena en costas impuesta en primera instancia al Departamento de Caldas, debido a que la entidad estaba en un proceso de reestructuración y no podía asumir dichas costas según la Ley 550 de 1999.

 

 

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