En un caso de similares contornos fácticos, la Corte Suprema de Justicia, encontró demostrado que ambos cónyuges son culpables de la causal 1 prevista en el artículo 154 del Código Civil; resolvió declarar la separación de cuerpos por culpa de ambos consortes, así como la disolución y liquidación de la sociedad conyugal formada por el matrimonio de los litigantes en ese pleito, y desestimó la pretensión de fijación de cuota alimentaria pedida en la demanda de reconvención. Como sustento de la decisión, el alto tribunal precisó: “Ciertamente, en materia de divorcio y de separación de cuerpos nuestro legislador dispuso que no puede demandarse sino por el cónyuge inocente, aplicación obvia del principio general de que nadie puede alegar a su favor su propia culpa, su propia torpeza. Empero, también es cierto que en materia de divorcio, nuestro legislador al estatuir las causales que dan lugar al mismo y a la separación de cuerpos, en su caso, no acogió el criterio simplemente sancionatorio del cónyuge culpable, sino que lo convino con lo que se conoce en la doctrina como el divorcio remedio, que persigue evitar a la familia mayores males, esto es, que así entendido el divorcio procuraría un beneficio a la familia misma, es decir, algún remedio legal en virtud de la mala conducta de uno de los cónyuges.
Siendo esto así, mal puede entenderse que los cónyuges recíprocamente culpables se encuentren imposibilitados jurídicamente para demandar el divorcio o la separación de cuerpos, toda vez que no existe en esta materia la compensación de culpas, sino la prohibición de alegar la propia conducta que configure causal de divorcio o de separación como apoyo de las pretensiones del actor. Por otra parte, no riñe con el derecho positivo vigente, sino que al contrario, se acompasa con él, el hecho de ser culpable de una conducta alegada como causal de divorcio o de separación por el otro cónyuge que resulta ser así inocente respecto de ella, y a la vez, bien puede ocurrir que este último sea culpable por su propia conducta de una conducta causal de divorcio o de separación, respecto de la cual el otro cónyuge resulta inocente
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