Por JOSÉ GABRIEL OSCAR VERÓN
Abogado y Docente
Miembro de La Red Jurídica Internacional Argentina
La reciente situación en Brasil, después del resultado del Ballotage entre L. Lula y J. Bolsonaro, en el que el primero se impuso, pero por muy exigua diferencia, un cuasi – empate técnico, concito no poco la atención de juristas, constitucionalistas y politólogos
Es que, desde el punto de vista de los sistemas y regímenes políticos y electorales vigentes, se observó un ejemplo concreto, en un país de innegable importancia y peso regional y mundial (junto con México, son los dos países económicamente más fuertes de América Latina), de una tensión trascendente, entre el punto de vista y la perspectiva jurídico –constitucional, y el punto de vista y la perspectiva politológica, siendo ambos enfoques atendibles, relevantes.
Jurídico – Constitucionalmente, es por lo menos “desprolijo”, sino ilegítimo, que el candidato a presidente finalmente electo, lo sea con menos del 50% más 1 de los votos sufragados. Que el presidente electo, lo sea con al menos “la mitad más uno” de los votos, le confiere una indiscutible “legitimidad de origen”, incuestionable, que, representa un capital político inicial fuerte como para intentar o incoar reformas de gravitación e importancia, y/o, en todo caso, nadie podría dudar que, por cuestionables o discutibles o resistidas que sean las iniciativas que proponga, sobre todo, en los 2 o 3 primeros trimestres de su gestión de gobierno, siempre podrá decirse, como un argumento de difícil contra – argumentación, que “lo votó más de la mitad” de la población habilitada para votar, por lo que, son más en definitiva los que le otorgan apoyo que los que lo rechazan (principio de mayoría). Tal cosa, no le da “prerrogativa de aplastamiento o de irrespeto” de la/s minorías/s que no lo votaron, a las que debe respetar en sus derechos por manda propia, típica y necesaria de estado constitucional – institucional (caso contrario no sería, en definitiva, una democracia), pero si al menos tiene legitimidad de origen indiscutible para las iniciativas, planes, programas y proyectos y directrices que proponga incoar
Nadie podría, no al menos con asidero, manifestar algo como, por ejemplo, “son más los que se oponen que los que están contestes”. Y poder predicar esto de un gobierno, es, en relación a las cuestiones relativas a la legitimidad (escolásticos tradicionales españoles; Suarez, Mariana), es de no poca importancia a efectos de la gobernancia y la gobernabilidad, de la acción de gobierno
Pero lo sucedido poco tiempo después del Ballotage en Brasil, donde los seguidores de J. Bolsonaro, disconformes con un resultado que, en realidad, constituía más bien un cuasi – empate, –la diferencia de votos en favor de L. Lula fue irrisoria, muy exigua–, intentaron una especie de “asonada”, con desestabilización e intento de alteración del orden constitucional, estaría evidenciando que, los ballotages o segundas vueltas “de mitad más uno”, al ser por lo general muy reñidos y con dos bloques fuertes y parejos, en la práctica “particionan” al estado y la sociedad en dos mitades cuantitativamente simétricas y equi – potentes, por lo que, politológicamente, por muy perfecta que sea la legitimidad de origen del candidato presidente electo, este sistema político de ballotage presidencial “de mitad más uno” exacerba bastante las divisiones, antagonismos, grietas y enconos, propias de todo estado y toda sociedad (en las que el/los conflictos y la/s conflictividades de todo tipo son ínsitas y-probablemente-hasta cierto punto subsanables); por lo que, politológicamente, deviene coadyuvante de inestabilidad político – institucional, y de conflictividad y radicalización de los antagonismos socio – políticos y socio – económicos y político – económicos. J. B. Alberdi escribía acerca de la necesidad, en Latinoamérica, de un “presidente fuerte”, algo que en politología tiene asidero—varios politólogos ponderan la importancia de un “centro fuerte de poder”, a efectos de la gobernanza-; y con modalidad de ballotage “de mitad más uno”, en elección muy reñida, de producirse conflictos, el presidente emergente tendría una muy fuerte e importante resistencia, hasta cierto punto sería un “presidente fuerte”; no obstante que, su legitimidad de origen (ballotage de mitad más uno) sería incuestionable
Hasta aquí, el planteo de en qué consistiría, la divergencia de puntos de vista o de enfoque, sobre la temática de Ballotage, desde lo jurídico – constitucional, en conflicto o discrepancia con lo politológico. Si bien la “pulcritud” del Ballotage “de mitad más uno” es, desde lo jurídico, inobjetable en cuanto a su legitimidad – por lo menos en lo que hace a la legitimidad de origen –; desde lo politológico, implica, en cambio, incentivo a “particionar” en exceso a la sociedad y la población, en dos mitades excesivamente simétricas y paritarias y muy equi – potentes, de manera que la conflictividad, la desestabilización socio – política y socio – económica (grupos de interés y grupos de presión) es previsible, y los antagonismos tienden en general a escalar, sobre todo en casos de Ballotages muy reñidos como el reciente en Brasil
Sin embargo, esquemas de ballotage como el vigente en Argentina, y en otros países, hoy en día, que no exigen mayoría de sufragios, sino ser primera minoría ( en Argentina, por ejemplo, alcanzar el 45% de los votos afirmativos en primera vuelta o el 40% al menos pero con más de 10% de diferencia sobre el segundo candidato más votado), deviene desde algún punto de vista injusto y, quizá, ilegítimo, porque bien podría llegar a suceder que, al candidato presidente electo, sean más los que no lo votarían que los que de hecho lo votaron, y, de ser diferente el sistema político, con ballotage de mitad más uno, a lo mejor hubiera perdido la segunda vuelta de las elecciones (ballotage). Y esto, por mucho que desde la visión politológica contribuye a evitar o eludir la radicalización de los (connaturales) antagonismos político – sociales, y también a evadir eventuales u ocasionales “conatos de riesgo de ruptura” político – institucionales (como ocurrió hace poco en Brasil), es sin duda – así planteado -, un poco antijurídico, puesto que no sería ajustado a la juridicidad que, en definitiva, el candidato electo presidente, de tener ese país un sistema electoral más “transparente” y menos arti -mañoso, menos artificioso, no habría sido, en suma, el candidato ganador o presidente electo
A esta altura, podría parecer, por decirlo así, “sensato” buscar algún término de compromiso, alguna solución a mitad de camino, atento lo expuesto, entre la modalidad de ballotage “de mitad más uno”, como era entendido en sus orígenes, y modalidades de ballotage como la vigente, la que rige en Argentina (o sea, entre 50% más 1 de los sufragios y en general el 45% de los votos). Podría, en tal sentido, pensarse en la media o promedio entre 50 y 45 (alcanzar el 47,5% de los votos más 1 el candidato electo presidente), a lo que, al ser la media aritmética o promedio, guarda perfecta simetría o equidistancia entre ambas modalidades; sería “el” porcentaje de votos a alcanzar preciso, por decirlo así, con estos baremos. A lo mejor, o, de otra manera, podría argüirse que, alcanzar el 47,5 % más 1 de los votos, es un requisito también excesivamente rigorista o exigente, por lo que acaso se preferiría, alcanzar 47% más 1 de los votos, para ser presidente electo
Es opinable en todo caso, pero aquí, solamente, pretendemos plantear, en relación con la temática de ballotage, la discrepancia y/o divergencia, entre lo que sugeriría posiblemente el discurso y los planteamientos y doctrinas de las Ciencias Políticas, por un lado, y lo que indicaría, en principio, de lege ferenda, el discurso y los planteamientos y doctrinas de las Ciencias Jurídicas, sobre todo desde la mirada constitucionalista. La conciliación entre ambos planteamientos, de ambos saberes disciplinares –y otros a considerar-, es seguramente tema opinable, y merece más esclarecimiento, hemos simplemente pretendido exponer en donde y en que radica, el eje o uno de los ejes principales de controversia en esta problemática de los sistemas político – electorales del ballotage.
Facebook Red Jurídica Internacional